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LOS DERECHOS DEL NIÑO |
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Mafalda no es solo un personaje humorístico, es algo
mas, es un símbolo, representa la libertad, la democracia y los derechos humanos.
Todo esto se ve dentro y fuera de las tiras. En el año 1977 Quino crea a petición
de Unicef, unas ilustraciones en las que Mafalda reivindica los derechos
del niño. |
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PRINCIPIO 6 |
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El niño, para el pleno y
armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre
que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus
padres y en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material;
salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad
de su madre. La sociedad y autoridades públicas tendrán la obligación de
cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados
de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas
conviene conceder subsidios estatales o de otro índole. |
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PRINCIPIO 7 |
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El niño, para el pleno y
armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre
que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus
padres y en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material;
salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad
de su madre. La sociedad y autoridades públicas tendrán la obligación de
cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados
de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas
conviene conceder subsidios estatales o de otro índole. |
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PRINCIPIO 8 |
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El niño debe gozar de los
beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en
buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre,
cuidados especiales, incluso atención prenatal. El niño tendrá
derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos
adecuados. |
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PRINCIPIO 9 |
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El niño debe ser protegido contra
toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo
de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima
adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitiría que se dedique a
ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación, o
impedir su desarrollo físico, mental o moral. |
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PRINCIPIO 10 |
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El niño debe ser protegido contra
las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de
cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión,
tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena
conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus
semejantes. |
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